* WORLD ORGANIZATION OF THE STATES - ORGANIZZAZIONE MONDIALE DEGLI STATI - ORGANIZACION MUNDIAL DE LOS ESTADOS * Parlamento Mondiale per la Sicurezza e la Pace, Organizzazione Intergovernativa, International Parliament for Security end Peace, I.G.O., Organizzazione con Personalità Giuridica di Diritto Internazionale * Parlamento Mundial por la Seguridad y la Paz, Organización Intergubernamental, Organización con Personalidad Jurídica de Derecho Internacional. I.G.O. * International Parlament pour la Sûreté et la Paix, Organisation Intergouvernementale, Organisation avec de la Personnalité Juridique de Droit International, I.G.O. * Parlament Mundial para a segurança e a Paz, Organização Intergovernamental, Organização com a entidade Legal de direito internacional, I.G.O. * International Parliament for Safety and Peace, Intergovernmental Organization, International Juridical Personality By law, I.G.O. * Internationales Parlament für Sicherheit und Friedens-, Zwischenregierungsorganisation mit der Internationalen Juristischen (Gerichtlichen) Persönlichkeit Nach dem Gesetz, I.G.O.

23 de octubre de 2018.

 

Al señor Presidente del WOS-IPSP

 

A los miembros permanentes y no permanentes.

Al secretario general

Personas informadas sobre los hechos.

Nota Verbal 12/2018

En respuesta a la carta del Sr. presidente

De la WOS-IPSP - Eugenio Lai

 

E. Sr. Presidente Eugenio LAI,

Con profundo desaliento y vergüenza, con la presente respondo a su última "declaración mental" del 15 de octubre de 2018, sin objeto y solo con una serie de números (como si fuera una "tabla de mandamientos"), por lo que diferentemente a lo que ud. dice, enfrentándose a un rol de profesor que no solo no le pertenece absolutamente (el cual no reconozco) y que, de hecho ... solo hace reir al que sabe un mínimo de ... LEYES, le explico por última vez tal como estan realmente las cosas, posiblemente, ... podrían ser los señores a darle cualquier otra respuesta y más ... ¡ciertamente NO el suscrito!

Dije con "profunda incomodidad" porque había creído en sus "habilidades talentosas", de hecho, a primera vista parece un "hombre culto", pero desafortunadamente ha demostrado que no es así, y por lo tanto nunca me ha dado motivo para equivocarme pensando que al contrario o, para decirlo mejor, ha demostrado una gran ignorancia en muchos campos, especialmente los legales, administrativos, legales internacionales, que ni siquiera ha tenido la capacidad de ser asesorado por abogados y jueces, o profesores a través de evaluaciones juradas, opiniones pro veritate y etc También dije "con vergüenza", solo porque, al principio creí en Ud., y “me dejé enganar por Ud.” ... por ejemplo, perdiendo las sumas que anticipé para el "WOS-IPSP" (4,500 €). ) por los cuales hay informes de gastos relativos con facturas y recibos relacionados, que NUNCA me dará !!! De hecho, siempre habla de dinero, pero solo del que quiere cobrar, nunca del que debe pagar ... Aprendí a conocerlo y ... Siempre le recuerdo los correos electrónicos pasados ​​y las grabaciones ...; o los tres años que me hizo perder para esperar ... los subsidios WOS-IPSP del Banco Mundial y los fondos de la ONU para proyectos humanitarios; es decir, su voluntad impuesta de hacer o no hacer algo, incluso contra legem (por ejemplo, asambleas, consejos, la asignación de tareas inútiles sin ningún valor y / o expectativa ya que el WOS-IPSP nunca ha tenido NINGUNA actividad) y NUNCA hizo ningún servicio en 4 años, etc., etc.),para luego "tómar tiempo", tratando de mantener "buenos" a los que se rebelaron contra su " tirania", o tratando de "sacarlos" del trabajo, hablando a espaldas de ellos, haciendo juegos de bajo nivel para eliminarlos de los "cargos de responsabilidad" para ud. inconvenientes, como ud. trató de hacer conmigo mismo; ¿O incluso NO INVITANDOLOS PARA NADA para poder demostrar que tal vez ... "no son dignos del lugar que ocupan"? Por ejemplo, como lo hizo el 2 de mayo de 2018, cuando NO ha invitado a la reunión por la "PAZ" en Roma o los Estados que represento (miembros permanentes de los cuales uno con derecho de veto y miembro de ese Consejo General de Seguridad que ud. NUNCA quiso convocar de manera válida y eso, incluso a petición expresa con la "Nota verbal" No. 11/2018, todavía ... se espera!).

Y si señor Presidente Lai, ¿pensó que era tan estúpido que NO vi lo que había hecho y lo que aun hace? ¿O pensó que después de tres años de "burlas" me habría acostumbrado? No, lo siento, AHORA es suficiente, he esperado suficiente!

Entonces, volviendo a sus "mandamientos", trato de comenzar a entender mejor el LEX, en lugar de "su interpretación para su conveniencia", pero para hacerlo tengo que irme unos meses antes del 3 de julio de 2014, recordando los detalles que olvidó, o ¡Fingió de hacerlo! Supongo que aún tiene en mente el hecho de que ud, que quería mantener el precedente, ha luchado tanto con el Dr. Bonventre, que aconsejó hacer una "revisión completa" del modus operandi del "viejo" parlamento, de las oficinas. , de los miembros, etc., Entonces, este profesional y la Comisión apropiada, prepararon una "relación crítica" con respecto a la acción anterior, el estatuto y cualquier otra cosa, pero hasta la mañana del 3 de julio de 2014, ud. nos puso "mano". ", Alterando gran parte del trabajo realizado en 6 meses de trabajo. En cualquier caso, y pese a algunas diferencias lógicas en algunas partes de los estatutos, confirmo que la primera parte del mismo (de la página 04 a la página 06) informa sobre su informe (es decir, el preparado por la Comisión y el Presidente de La Asamblea debería haber leído solamente) que explicaba los términos, la razón y las condiciones procesales con que la misma Comisión había preparado precisamente ese estatuto!

Esa parte, Sr. LAI, no es un LEX, sino la forma en que llegó a la redacción legal, sobre la base de una nueva visión, después de unos 40 años de vida del antiguo parlamento, obsoleta para los nuevos desafíos de los tiempos.

Así que, después de la búsqueda los puntos y aclaraciones para entrar en los méritos y mostrar los aspectos de las diferentes posiciones, paso para responder a sus PUNTOS de su PEC con fecha "Roma 15.10.2018" enviado por "S.A.S. Eugenio Lai "que dice en la introducción:

" Estimado Sr. Cesare Fussone, (Nota: Lai sabe que si se convierte en un noble, y como ud. se califica en la firma, DEBE utilizar el título que tienen por derecho? ... creo que no, ... NO LO SABIA, ahora sí.

Con el presente, le enviamos una carta en la que todas las leyes del Estatuto están presentes, son claras, exhaustivas e intachables. BUENO ... AHORA LO VEMOS

lea bien el contenido de la carta y especialmente los artículos que contiene , para entender cómo deberían funcionar las cosas. Sí, si es para su conveniencia ... por supuesto! ||

SAS Eugenio Lai si escribe para el "PARLAMENTO MUNDIAL" (pero no el WOT-IPSP? O se ha confundido?) debe suscribir "el Presidente de ... ..... ", y en el límite el título académico alcanzado si lo tiene. --------------------------- -------------------------------------------------- ---------

El día 16/10/2018 a las 09:45:51 (+0200) el mensaje

"Por SAS Cesare Fussone " AÚN NO HA APRENDIDO? MIS TÍTULOS (y sufijos) SON BIEN OTROS: S.A.R., S.A.S., S.A.E., etc., uno solo pone el mayor; es decir, para el WOS-IPSP, debe usar: S.E. On.the Dott. ....! (Eso sería el protocolo! ...)

fue enviado por Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo. dirigida a: thurstonprincQuesto indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo. Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo. cesare.fussone@gmail.com Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo. newmaltaprincipality@pec.it Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo.c.fussoQuesto indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo. Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo.

El mensaje original se incluye en el mensaje Identificativo: Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo.

Abriendo entonces la "carta "Para fussone y sus stati.pdf", hay errores obvios y continuos de los lugares de "escritura", de el envío de la PEC, así como el nombre establecido de la organización que podría ser "WOS-IPSP" y no solo suficientemente WOS, así como oficinas "institucionales", "representativas", "oficinas reales", etc. etcétera Pero para todos estos asuntos, esta Cancillería General responderá más tarde; más bien, es habiendo sido dado el "juego" en estos términos, se vuelven esenciales, y antes que nada, lo emitido el 29 de de agosto 2014 en el "Principado de Nueva Malta", un miembro permanente con derecho a veto, con su nota verbal del Principado (quien enviará una copia y se puede ver directamente en la WEB: http://www.wosipsp-chancellery.org/index.php/verbali-ed-atti/diritto-veto), que ud, Sr. Presidente Lai, NO HA TENIDO NINGUNA consideración, estableciendo y aceptando como una resolución judicial "Unica y seria, INCOMPARABLE, EXCLUSIVA, increíble, INDISOLUBLE, indestructible, esterma, injustificable y letal, EXCEPCIONAL !!! En la práctica, Sr. Presidente LAI, un estado miembro permanente con derecho de VETO, coloca en el "Consejo General de Presidencia" la decisión preliminar concerniente a la imposibilidad de autonomía del mismo Consejo, ¡con la determinación de INFORME! Bien señor presidente, que hizo? NADA, haciendo NULOS absolutamente TODOS LOS ACTOS del Parlamento Mundial por la Seguridad y la Paz ... "ab originem", desde agosto de 2014.!

Bueno, creo que todo lo que he dicho hasta ahora podría ser suficiente para finalmente hacer que desista de todavia realizar actos ... ilegítimos o incluso ilícitos, pero habiendole prometido "respuestas claras, irrefutables e innegables", paso para cerrar la cuestiòn, espero, de una vez por todas:

1) En el punto uno de su "carta", que responde a esto, detengo todo lo que escribí "en respuesta a la PEC del Presidente de la WOS-IPSP 12:10:18 y DENUNCIA EXTRAJUDICIAL" del 15 de octubre, 2018 13:33 y anteriores, que se consideran repetidas y que se adjuntas, sigue repitiendo de "tener un trabajo continuado. .. "-. Lo invito Sr. presidente Lai,a cambiar de opinión acerca de lo que afirma ilícitamente, por las razones expuestas en el PEC mencionado anteriormente y TODOS los actos inherentes. También invito formalmente al abogado. Antonello Secchi, quien nos lee en copia como una persona informada sobre los hechos, en mi calidad de Gran Canciller en funciones hasta el 2 de julio de 2019, sea como representante legal de Estado, miembro permanente con derecho a veto, y delegado en el Consejo de Seguridad General del WOS-IPSP, para ilustrar profesionalmente la "evidencia legal" relacionada con esta declaración, a Eugenio Lai, nq

2) en el punto 2 de su carta, recuerdo perfectamente "esa Asamblea General" en forma extraordinaria, del 3 de julio de 2014, por lo que he comenzado ESTA comunicación en respuesta especificando la "historia" de esos días y lo que llevó al borrador de ese estatuto, ya que, entre otras cosas, recuerde, en la Comisión también estuve presente!

3) y 3bis) [creo] los puntos 3 y 3 bis) que ud. informa, resaltan primero un error: la página en cuestión es la 5 (cinco) y NO 3 (tres). Luego escribe: "El proyecto de sistema legal, que presentamos para su aprobación, proporciona, como es justo que sea, la separación de poderes y la atribución de un derecho pleno y exclusivo a los miembros de la Asamblea General". Y segùn de lo que evidencia , continúa:

4) "Los miembros del Parlamento Mundial para la Seguridad y la Paz no pueden ser más que los Estados miembros, es decir, aquellos Estados que aceptarán las obligaciones establecidas por las disposiciones del Estatuto. Por lo tanto, los derechos completos y exclusivos no se pueden atribuir a aquellos Estados que no han expresado su voluntad de unirse a nuestra Organización.! " Señor presidente Lai, PERFECTO, USTED HA ACERTADO !!! Pero continúa, en el siguiente punto 5) con un GRAN ERROR , que puede dejar en duda su inteligencia ... de hecho continúa ILOGICAMENTE:

5) "Por lo tanto, todas las asambleas ordinarias y extraordinarias, ANTERIOR A LA ASAMBLEA DEL 28 DE JUNIO DE 2016, FUERON INUTILES, O SEA NULAS, ... "... lo siento, pero es imperativo prestar mucha atención a la 'lucubración mental', ilógica y, por lo tanto, ignorante del 'derecho público, privado, internacional, etc.', de la responsabilidad conjunta y específica, la 'personalidad jurídica del derecho internacional' ejercida por los Estados, y qué por lo demás se dice y se explica a continuación: "POR QUÉ LOS ESTADOS PRESENTES EN LOS ESTATUTOS PERMANENTES Y NO PERMANENTES NO HABIAN PRESENTADO LA SOLICITUD DE ADHESIÓN" ...! Pero querido señor Presidente Eugenio Lai, pero ¿qué dice? ¿Está seguro de sus afirmaciones? ¿Ha consultado un abogado? Realmente creo que no porque conozco personalmente al abogado. Antonello Secchi, como una persona muy hábil profesionalmente, ["elegido Ministro de Justicia de WOS-IPSP" (designado personalmente por Ud.)], creo que NI SIQUIERA POR TELÉFONO! De hecho, según ud., un Estado, representado regularmente por su delegado-OFICIAL, (ver "VERIFICACIÓN DE PODERES"), que participa en la redacción de los estatutos y del acto constitucional, los suscribe y por personalidad jurídica del derecho internacional a la I.G.O. ASI CONSTITUIDA, TAMBIÉN DEBE HACER UNA SOLICITUD DE ADMISIÓN ... ¿A QUIÉN? Si mismo? A UD. ¿AL SECRETARIO MAJOLESE? ¿Y QUIÉNES SERÍAN ESTOS SI NO PERSONAS REALIZANDO LAS FUNCIONES (CON LOS OTROS PARA UNA INICIAL TOTAL DE 3.7.18) DE 8 ESTADOS QUE VOTAN, SUSCRIBEN Y CONSTITUYEN LA "ORGANIZACIÓN INTERGUBERNAMENTAL?" ¿Se da cuenta de que cuando llegarà esta "respuesta al presidente WOS-IPSP" de los estados con los que ha mantenido y mantiene relaciones, COMENZARAN A REIRSE?

6) "Dulcis in fundo": sr. Presidente LAI, pero ¿sabe que está hablando de un INFORME? Hecho porque era para ud. leerlo en la asamblea extraordinaria, destacando lo que era antes y lo que sería el nuevo I.G.O. ? lo sabe que un Lex es una cosa (como por ejemplo el Estatuto y la Ley de Constitución, y es una cosa MUY DIFERENTE un punto de vista, un pensamiento, "SU interpretación por conveniencia", que "también podría ser interesante, si fuera, por ejemplo, explicativo ", pero que legalmente, colocado en estos términos ilógicos, NO TIENE VALOR?, pero sabe por qué se llevó a cabo la" VARIACIÓN DE DECLARACIÓN "del antiguo Parlamento, en Roma (Italia), sin la necesidad de ¿El notario, mientras que si fuera por la jurisdicción italiana, hubiera sido INDISPENSABLE? Por favor, pregúntele al abogado Sr. Secchi que ciertamente le dirá que fueron precisamente "esos Estados" (con personalidad jurídica del derecho internacional) que ud. censura, para dar "título". "¡A la renovación estatutaria del parlamento, a través de la constitución de la organización intergubernamental! De lo contrario, si se trataba de una constitución" de personas físicas ", la falta del funcionario público en Ita lia, determina la nulidad, que es la nulidad absoluta, de cada acto relativo, y de allí a hoy! NI PUEDES PENSAR QUE HACER: "HOY SÍ, MAÑANA NO", ¿DE HECHO QUIEN DEBERIA TENER EL PAPEL? EN UNA FORMA MIXTA EL NOTARIO, EN UNA FORMA DE PERSONAS FÍSICAS, SIEMPRE EL NOTARIO, ... SOLO CON LA ACCIÓN ESTABLECIDA POR LAS PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO INTERNACIONAL SON LOS MISMOS ESTADOS, SUPER PARTES, QUE DETERMINAN LA APLICACIÓN CORRECTA DE LA LEY A NIVEL INTERNACIONAL. Entonces, ¿qué quiere hacer, señor presidente? ¿Para establecer TODO y volver al antiguo "Parlamento Mundial para la Seguridad y la Paz"? O continúar y seguir, CERRANDO TODAS LAS DISPUTAS CON ESTA CANCILLERIA; CON LA CONFIGURACIÓN DEL ESTATUS PREGRANTE DE LA IRREGULARIDAD A PARTIR DEL CONSEJO DE SEGURIDAD GENERAL, LLAMANDO A LOS 7 ESTADOS FUNDADORES; PRESENTANDO TODOS LOS PRESUPUESTOS A ESTE ÓRGANO ADMINISTRATIVO, CGS, PARA LA AUTORIZACIÓN PREVENTIVA A LA SOLICITUD DE APROBACIÓN REQUERIDA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA; ENTREGAR TODOS LOS ACTOS AL CGS PARA LA RATIFICACIÓN DE LO QUE, EN ESTOS AÑOS, EL CGP HA HECHO, SIN NUNCA DAR NINGÚN INFORME AL CGS, SEGÚN LO ESTABLECIDO POR EL ESTATUTO; y así sucesivamente!

7) Màs adelante, ud. afirma el más grande y más obvio absurdo, de hecho dice que: "Los miembros históricos que votaron para deliberar sobre el Estatuto y la propuesta de adhesión de los Estados admitidos por la Asamblea General, no Han formalizado la solicitud de membresía de la Organización ... ", Quiere terminar de decir presidente Lai " disparates "? Usted diría que "si hiciéramos una empresa, usted y yo, y yo no" formalizarìa una PETICION PARA SER MIEMBRO DE LA COMPAÑÍA ", ¿NO SERIA MIEMBRO? MEJOR CALLESE ... .. Y sigue: "por lo tanto, el Consejo General de Seguridad no podría existir excepto en el papel, con la excepción del Consejo de Presidencia elegido por la Asamblea General en diciembre de 2013 y siempre confirmado por el Asamblea general del 3 de julio de 2014, establecida y votada por los miembros históricos. Es decir "¿Qué le gustaría confirmar? En primer lugar, NO RECUERDA que el "Consejo General de la Presidencia" NUNCA fue elegido por la Asamblea General el 3 de diciembre del 2013, porque en su lugar se creó la "Oficina de la Presidencia" y este organismo aparece por primera vez desde el 3 de julio de 2014. En su lugar, intente ver el LEX y no sus "reflexiones mentales": de hecho, en el momento de la constitución solo hay 8 estados "que otorgan derechos", 5 miembros permanentes de los cuales 4 forman el Consejo General de Seguridad y con "derecho de veto "y 3 NO permanentes. Estos, por ley, forman los miembros del cuerpo administrativo con plenos poderes, entonces, PARA LA VOLUNTAD DE LOS "ESTADOS SOCIALES"ASI CONSTITUIDOS, ES CONCEDIDA LA OPORTUNIDAD DE RECONOCIMIENTO Y, POR LO TANTO, DE VIDA, A LA ANTERIOR "OFICINA DE PRESIDENCIA QUE MANTIENE" LOS CARGOS: "DISPOSICIONES TRANSITORIAS", art. 1 párrafo III, página 24, sobre el capítulo n. 3) incluido en la agenda, a propuesta del Presidente, votado por unanimidad, la Asamblea General resuelve confirmar, hasta el 2 de julio de 2019, las personas elegidas para los cargos asociativos por la Asamblea General del 5 de diciembre de 2013. "en consecuencia ESTAN TODOS LOS DOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS: EL CONSEJO DE SEGURIDAD GENERAL PRIMARIO, COMPLETO, ESTADOS CONSEJEROS CON EL DERECHO DE VETO que también incluye EL CONSEJO DE PRESIDENCIA GENERAL SECUNDARIO (es decir, TODOS los directores anteriores nombrados el 5 de diciembre de 2013 y en carga hasta el 2 de julio de 2019), POR ESTATUTO Y POR SU MEMORIA! Si lo que se explica aquí NO la convence aùn, antes de cometer CRÍMENES adicionales o decir tonterías, lo invito a que un abogado le explique bien (¿internacionalista?) Cómo funciona TODO y, sobre todo, haserse emitir por el mismo una "PRO VERITATE OPINION" suscrito, como opinión experta, para ser válido en el extranjero.

8) También por su memoria, sr. Presidente Lai, recuerde que: Hoja 14, Artículo 15, párrafo 5, "El Consejo de Seguridad General tiene los poderes más amplios e ilimitados para la administración ordinaria y extraordinaria de la Asociación, sin excepción de ningún tipo y más particularmente "confiere todos los poderes para la implementación y el logro de los objetivos, que no están reservados de manera exhaustiva por el presente Estatuto a la Asamblea General" - Hoja 12, Artículo 2.3.4, "los miembros permanentes del Consejo General de Seguridad Tienen el derecho de veto en todas las organizaciones de la Asociación. - El Consejo General de Seguridad es el órgano administrativo y de gobernanza económica del Parlamento Mundial para la Seguridad y la Paz. - Los miembros permanentes con derecho de veto son el Estado de Antarcticland, el Estado de Sao Tornò Principe, el Principado de Nueva Malta y el Principado de King. - Artículo 14, "El Consejo General de Seguridad puede designar, en su seno, un comité ejecutivo denominado Consejo General de la Presidencia" - Hoja 13, Artículo 14, párrafos 6 y 7, "El Consejo General de la Presidencia, cuando se constituya, A excepción de las limitaciones establecidas por el Consejo General de Seguridad, tiene poderes de administración ordinaria y extraordinaria. Los poderes de la firma permanecen, en todo caso, en manos del Presidente de la Asociación. - Las resoluciones del Consejo General de la Presidencia se señalan a la atención del Consejo de Seguridad General en la primera reunión subsiguiente. "

Así que, querido presidente, como ve HE LEIDO MUY BIEN A LA LEX, Y LA HE REPORTADA, AHORA, de una vez por todas Y PARA EL BIEN DE ESTA ORGANIZACIÓN, ¿QUIERE TERMINAR FINALMENTE DE APOYAR "CAUSAS INDIFENDIBLES"? Entiendo que se equivocó con sus declaraciones, pero para demostrar su buena fe, solo necesita volver a ponerse en su lugar o mande a hacer por un profesional serio en el sector legal, la "OPINION PRO VERITATE" firmado, como opinión de expertos, para tener valor en el extranjero, de lo que hablé anteriormente. Comprenda que, no por "malicia, malignidad, hostilidad o presunción", sino por " ética profesional" No puedo evitar de defender mis convicciones, incluso si estas pueden ir en contra de sus intereses.

9) En el punto 7 de su carta en cuestión, Sr. presidente LAI dice: "Los miembros históricos durante la Asamblea han admitido de facto y no por derecho a los estados permanentes y no permanentes, [es decir, continúan afirmando que fue solo y siempre una" ASOCIACIÓN CON PERSONAS O FÍSICAS O MIXTA? POR LO TANTO EL NOTARIO FUE NECESARIO, USTED HA "DECLARADO EL FALSO" AL ABOGADO ADAMI EN LUGANO Y ... TODOS LOS ACTOS HASTA HOY SON ... N U L OS! PERO ESTA SEGURO DE LO QUE DICE?) Y AÚN EN EL MISMO ARTÍCULO: "... Estados que no han regularizado parcialmente la membresía de la Organización, por lo tanto, están privados del derecho de voto. [¿Y así es como deberían haberse regularizado? Pagando algo? ¿Para cuales y cuántos servicios? Al tener una administración suya, que no ha presentado los estados financieros durante al menos 3 años, no muestra los documentos de respaldo, que afirma tener más de € 500,000. de Deudas que, si son reconocidas solo como una "asociación privada"? ...] Continuando con el punto 7 de su carta, vuelve a decir: "... Le recuerdo que durante la apertura y el comienzo del trabajo ha ejercido un fuerte obstruccionismo, y siempre usted, en el curso de la apertura de las obras, claramente Declaró que los Estados admitidos en la asamblea por los miembros históricos así como los constituyentes eran signatarios, absolutamente no es cierto, no firmaron nada, y mucho menos presentaron una solicitud para unirse (asociarse) al WOS -I.P.S.P. "Pobre sr. Presidente ... ! ... ¿le gustaría igualar el hecho de que, políticamente en los anteriores, le dije que estaba mintiendo? Ahora diría que soy yo el mentiroso? Bueno señor Lai y estas cosas y quiénes serían? ... Dígame que al hacerlo demostraría una falta de memoria, y ademàs culpa a otros de su presunción: "que la República de Santo Tomé Príncipe ha delegado el ejercicio de su derecho de voto a S.A.S. C. S. Fussone; que el Principado de King ha delegado el ejercicio de su derecho de voto a S.E. Dr. Giuseppe Caddeo; que el Estado de la Antártida ha delegado el ejercicio de su derecho de voto a S.A.S. Eugenio Lai; que el Principado de la Antártida Occidental ha delegado el ejercicio de su derecho de voto a la EE. El senador Ciro di Costanzo; que el Principado de Nueva Malta ha delegado el ejercicio de su derecho de voto a S.E. ! 'Abogado. Antonello Secchi; que el Principado de Thurston ha delegado el ejercicio de su derecho de voto a la S.E. el abogado. Yevdokymov Valeryi "-. Así que le remito a TODO lo anterior y lo que afirmé correctamente, en contra de sus interpretaciones erróneas ...

10) En su punto 8, en cambio, le da la azada a los pies, de hecho afirma: "Otro punto, incluso se emitió un decreto de adhesión del UTA "... es decir, EN SU ASOCIACIÓN PRIVADA Y NO RECONOCIDA, LAS LEYES NO EXISTEN, EL ESTATUTO EXISTE PERO ES INVISIBLE, ETC. LAI ESTAMOS HABLANDO SOBRE ESTADOS, ¿QUIÉN ESTÁ CAMBIANDO LA VERDAD DE LAS HECHOS? ... Y CONTINÚA: "las solicitudes de asociación de Estados a la UTA nunca se han producido" ¿Y QUE TIENE QUE VER USTED CON LA U.T.A.? PRIMERO HACE UNA COSA Y LUEGO SE ARREPIENTE? ... así como completa y dice: "... y mucho menos la solicitud en papel, si no verbal, nunca se formaliza (entre otras cosas, el decreto se someterá a verificación sobre la regularidad de los documentos producidos." PERO A QUIÉN? ES QUE RECONOCE QUE SI LA WOS ES DETERMINADA COMO UNA ASOCIACIÓN PRIVADA Y NO IGO, UD PUDO HABER ENGANADO A MUCHAS PERSONAS, ... ¿INCLUYENDOME? ... "Aparentemente las razones fueron todas por parte del profesor Geromin", sería el ingeniero Mecánico, arqueólogo o profesor de letras? ¿Sería un científico del derecho internacional? ... ¿Un abogado? ... ¿Un juez? Lai, pero se da cuenta de que con cada palabra que dice solo emergen disparates, ... ¡nada que ver con cultura!

11) AL punto 9 argumenta: "Es posible que hasta la revocación y el nombramiento del nuevo Gran Canciller" ... (¡su ignorancia permanezca siempre LEGAL ESPECÍFICA en estado puro: POR ESTATUTO, MI CARGO DECADE EL 2 DE JULIO DE 2019!) ... ¿No conocía los puntos 3 y 4 del Estatuto? (UN ESTATUTO DE LOS ARTÍCULOS, PARRAFOS ETC., ¿CUÁLES SERÁN LOS "PUNTOS"? ... "¿Parece extraño que partidos tan importantes se hayan olvidado o dejado de lado, tal vez por eso pidió la ratificación de todos los actos anteriores? Lo siento, era y es solo porque no me confío y especialmente para evitar tener que ser forzado a pagar los activos y el dinero por sus posiciones equivocadas, lo siento, pero este es el riesgo y ya no estoy dispuesto a perder más dinero por ud. ". Le recuerdo que incluso el Gran Canciller tuvo que resaltar las incongruencias y presentar un informe para poner orden, pero nada ha hecho más que crear desarmonía y obstruccionismo. " ... ¡¡PERO NO ME HAGA REIR !! ESTA TODO EN LA PAGINA WEB QUE MUESTRA TODOS LOS ERRORES QUE HA HECHO Y CONTINÚA A HACER ... Y ADEMAS ESTAN LOS CORREOS Y ETC ...!

12) Sr. EUGENIO LAI, LE RECUERDO Por LA ÚLTIMA VEZ QUE MI INTENCIÓN, ES POR EL BIEN DE LOS ESTADOS MIEMBROS Y CONTRA SU DESPOTISMO, ES Y SERÁ UNA ACCIÓN ADECUADA PARA MI IMAGEN, MI PATRIMONIO, MI PERSONA, ETC. Y DE TODOS AQUELLOS QUE REPRESENTO! POR LO TANTO HAGA LO QUE CREA JUSTO,NOS VEREMOS EN LA CORTE ...

13) EN LOS PUNTOS 10 Y 11 DICE: "Como se mencionó, los Estados presentes en la Asamblea General el 27 de septiembre de 2018 son los únicos que han presentado una solicitud de asociación y con derecho a voto". LE INDICO LO YA AMPLIAMENTE DICHO. ACERCA DE ESTO, COMPROBÉ LAS CONVOCACIONES PARA LA ASAMBLEA DEL 26 (1A CONV.) Y 27 (2A CON) SEPTIEMBRE DE 2018, ESTAS HAN SIDO ENVIADAS Y RECIBIDAS SOLAMENTE EL: "De: En nombre de: Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo. [mailto: Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo. Publicado: miércoles 12 de septiembre de 2018 14.11; A: Thurston Fussone

Objeto: CORREO CERTIFICADO: Llamada de la asamblea; Prioridad: Alta; INDICANDO UNA DIRECCIÓN DE LAS DIFERENTES ASAMBLEAS QUE LUEGO HA SIDO CAMBIADA, POR LO CUAL ESAS ASAMBLEAS FUERON Y PERMANECERAN NULAS Y SIN EFECTOS SEA POR LOS TÉRMINOS DE CONVOCACIONES HECHOS EN 14 DÍAS ENVEZ DE LOS AL MENOS 15 NECESARIOS,Y SIEMPRE POR NO HABER RESPETADO DICHOS TERMINOS, CON EL SEGUNDO CORREO, TRANSMITIDA SOLAMENTE el "día 24/09/2018 a las 12:24:03 (+0200) el mensaje" convocaciones asambleas "que viene de" Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo. "y dirigido a" Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo. fue "Enviado a su destinaciòn. Mensaje ID: Questo indirizzo email è protetto dagli spambots. È necessario abilitare JavaScript per vederlo.

- Y OTRA VEZ: "El Estado de Antarcticland, Thurston, Nueva Malta y los estados no permanentes no han firmado ninguna solicitud de asociación con IPSP WOS, por lo tanto no tienen derecho a votar durante las asambleas de conformidad con el art. 1 capítulo 2, [DISCULPE PERO CUAL SERIA? LOS ARTÍCULOS SON DEL 1 (UNO) AL 38 (TRENTAYOCHO) Y ¿QUÉ DIRIA? SI NO: "Art. 1, El Parlamento Mundial para la Seguridad y la Paz mantiene el mismo nombre con el que fue establecido, con la adhesión de los Presidentes de las Repúblicas de Malí y Senegal, el 15 de diciembre de 1975, por Mons. Makarios III, primer Presidente de la República de Chipre (1960 -1974), y por Mons. Vittorio Maria Busà, ya mencionado, como constituyente del Parlamento Mundial para la Seguridad y la Paz, en la sentencia del Tribunal Constitucional italiano n. 193/1985 de 28 de junio de 1985. Se especifica que esta Asociación se registró como entidad legal en el Registro del Tribunal de Palermo el 25 de octubre de 1996 con el núm. 725 vol. 4 pag. 19 y que, posteriormente, al Parlamento Mundial para la Seguridad y la Paz ha sido asignado, por el Ministerio de Finanzas de la República Italiana, el código tributario n. 97083640827. - 2) El Parlamento Mundial para la Seguridad y la Paz, al ser una asociación libre entre los Estados, tiene una personalidad jurídica de derecho internacional ". ¿QUÉ QUIERE DECIR? LE INDICO LO AFIRMADO EN LAS PRIMERAS PAGINAS: ¡EN PALERMO NO ESTA MÁS NINGUN REGISTRO!

Art. 4 párrafo 5, "Un miembro de la Asamblea General del Parlamento Mundial para la Seguridad y la Paz que tiene atrasos de al menos 2 (dos) años en el pago de sus contribuciones financieras a la Asociación pierde el derecho de voto en la Asamblea General. ", ... SIEMPRE SE REFIERE AL DINERO, ...! PERO MIS € 4.500. / QUATROMILQUINIENTOSEUROS / ¿CUÁNDO ME LOS DA? ¿DÓNDE, CÓMO, CUÁNDO Y CUÁNTO HA PEDIDO UN PAGO PARA LOS ESTADOS? DISCULPE, PERO PARA HACER QUE, YA QUE NO HAN HABIDO ACTIVIDADES? ¿PUEDE SER PARA PAGAR A SU SECRETARIA O DAR UN CACHET PARA SU OFICINA DE CAGLIARI? NUNCA PEDI NADA PARA MI OFICINA NI PARA LOS SERVICIOS Y LOS EMPLEADOS: ¡TODO GRATIS Y COMO VOLUNTARIO! ¿POR QUÉ NO ENVÍA A LOS ESTADOS QUE COMPONEN EL CONSEJO DE SEGURIDAD GENERAL LOS PRESUPUESTOS DESDE 2014? QUIZAS NO HA NISIQUIERA PRESENTADO LOS PRESUPUESTOS DEL WOS-IPSP?

MIENTRAS QUE POR EL ART. 24 párrafos 1 y 2. SE HA EQUIVOCADO, DE HECHO DICE: "1. La Asamblea Extraordinaria se convoca únicamente para modificar el Estatuto y delibera válidamente en la primera convocatoria con la presencia de tantos miembros que representan a dos tercios de todos los Estados adherentes, registrados en el Parlamento Mundial para la Seguridad y la Paz, y en la segunda convocatoria. con la presencia de muchos miembros que representan al menos el cincuenta por ciento de los estados miembros. Los Estados adherentes y los miembros del Parlamento Mundial para la Seguridad y la Paz deben cumplir con el pago de las contribuciones financieras en conformidad con el art. 4, párrafo 6, de este Estatuto. 2) Las Asambleas Extraordinarias que se declararán válidas también requieren la presencia de al menos el cincuenta por ciento de los miembros permanentes del Consejo General de Seguridad (entonces, ¿cuáles son los 4 estados, de los 7 válidamente constituidos por estatuto, que habrían estado presentes? ... ¿Incluso si la llamada tardía y luego modificada ha afectado TODO?) ¿VE QUE TAMBIÉN ESTO ES EN SU CONTRA LAI???

14) En cualquier caso, sea como Gran Canciller en funciones hasta el 2 de julio de 2019 y como representante legal de 2 (dos) Estados Miembros permanentes con derecho de veto, también en el Consejo General de Seguridad de la WOS-IPSP. y 1 (uno) derecho permanente de veto, INDICO LAS INADECUADAS POSICIONES ASUMIDAS POR EL SR. PRESIDENTE EUGENIO LAI, Y 'SALVAGUARDIA DE LOS ESTADOS QUE PERTENECEN A ESTA I.G.O. POR MÁS DE 4 AÑOS, QUE HAN PRESENTADO LA LEY DE CONSTITUCIÓN, COMPROMETIENDOSE A ACEPTAR LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS POR EL ESTATUTO QUE LOS MISMOS HAN HECHO Y PUESTO PARA ESTAR EN ROMA, EN VIA VITTORIO VENETO, 118, EL 3 DE JULIO DE 2014, PARA TODOS Y SI DISTINCION POR OFICIAL PETICION DE LA CONVOCACION DEL CONSEJO GENERAL DE SEGURIDAD.

15) FINALMENTE, HABIENDO VERIFICADO UNA DISPUTA GENERAL DE SOLUCIÓN NO FÁCIL, POR LAS POSICIONES ASUMIDAS EN ESTA ORGANIZACION, Y SIEMPRE PARA LA FALVAGUARDA DE LOS ESTADOS QUE CONFORMAN ESTA IGO POR MÁS DE 4 AÑOS, QUE HAN PRESENTADO LA LEY CONSTITUTIVA, COMPROMETIENDOSE A ACEPTAR LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS POR EL ESTATUTO QUE LOS MISMOS HAN HECHO Y PARA ESTAR EN ROMA, EN VIA VITTORIO VENETO, 118, 3 DE JULIO DE 2014 como representante legal de 2 (dos) Estados Miembros permanentes con derecho de veto, también en el Consejo General de Seguridad del WOS-IPSP Y, POR LOS DOS ESTADOS QUE TIENEN DERECHO, CON RESPECTO AL ESTATUTO, CAPÍTULO II, TÍTULO IV, ART. 13 COMMI 1,2,3,4,5, OTORGA EL DERECHO DE "VETO" SOBRE CADA ACTO DEL CONSEJO DE LA PRESIDENCIA GENERAL, CON DERECHO DE INFORME POLITICO Y ADMINISTRATIVO, ANTERIOR (a partir del 29.08.2014), ACTUAL Y FUTURO HASTA LA EFECTIVA RESOLUCION DE LA DISPUTA EN EL SER, ANUNCIADO ENTRE LAS PARTES, así como la consecuente CONVOCATORIA DE LOS OTROS ÓRGANOS ESTATUTARIOS, SIN LA APROBACION PREVIA DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO, ES DECIR DEL CONSEJO DE SEGURIDAD GENERAL, especialmente para la agenda.

Sr. Presidente Lai, no creo que tenga nada más que decirle, solo ha demostrado con hechos lo que realmente es y, en estas condiciones, con todos estos enganos de bajo nivel, ... No tengo ningùn interés en tener relaciones con usted ! Sin embargo, espero que NO se arrepienta de las malas acciones que ha hecho y que pueda tener un mínimo de razón, porque si no es así, las personas que lo apoyan ... por NADA ... podrían ser obligadas en forma sólida. a pagar por sus disparates.

En todo caso, TODO lo que le he dicho, en defensa de mis intereses directos e indirectos, lo haré y, de acuerdo con sus declaraciones y su obstinación, creo que, a pesar de mí mismo, me veré obligado a llevarlo a la corte.

Saludos cordiales

El Gran Canciller del WOS-IPSP

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